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Cooperación Técnica |
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World Wildlife Fund |
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| » Jefatura SNTN » Jefatura |
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La Jefatura del Santuario Nacional Tabaconas Namballe tiene sus orígenes en 1988 con la creación del Santuario Nacional Tabaconas Namballe (SNTN) estando, en ese entonces, bajo la responsabilidad de la Oficina de la Agencia Agraria que funcionaba en la ciudad de Jaén.
En 1992, durante el gobierno del Ing. Alberto Fujimori, se crea el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), pasando el Santuario, a partir del 1 de enero de 1993, a la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas (DGANP), siendo su primer jefe el Ing. Alven Rafael Rubio.
En febrero de 1998 es asignado el Biólogo Oscar García Tello como jefe del Santuario, desempeñándose en el cargo hasta julio del 2001 que es reemplazado por la Ing. Vanesa Ingar Elliot.
En la actualidad el responsable de la jefatura es el Ing. Douglas S. Cotrina Sánchez, cargo que viene desempeñando desde enero del 2009.
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Ing. Douglas S. Cotrina Sanchez |
Jefe del SNTN |
La Jefatura del SNTN, inicialmente funcionaba en Jaén, a partir de agosto del 2001 está ubicada en la ciudad de San Ignacio.
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Funciones y competencias
- Administrar, gestionar, controlar y supervisar el Santuario Tabaconas Namballe, en armonía con las normas legales sobre la materia.
- Elaborar y ejecutar el Plan Operativo Anual, la memoria y el balance anual del Santuario.
- Coordinar, promover y supervisar las acciones tendentes a lograr la participación de las entidades públicas y privadas en el desarrollo del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, especialmente con el Comité de Gestión.
- Hacer cumplir lo establecido por el “Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” de la Organización Internacional del Trabajo – OIT, en particular según lo señalado en su Parte IX.
- Promover la Capacitación de la Comunidades Campesinas y Nativas respecto de la necesidad de su participación, en alianza estratégica con el SERNANP, en las acciones que tienen como fin conservar el Santuario.
- Emitir opinión técnica sobre las actividades que causen impactos en el ámbito del Santuario.
- Monitorear loa recursos humanos ubicados en el Santuario.
- Proporcionar permisos para el tránsito al interior del Santuario para actividades diferentes a las de uso público y de manejo del área, salvo los casos que se excepcionen en base a Acuerdos con los Pobladores Locales, según lo establecido en los Artículos 171° y 172° del Reglamento.
- Velar por la implementación y actualización del Plan Maestro, así como por el cumplimiento de las normas en materia de uso sostenible de los recursos naturales en el Santuario, las que rigen la gestión de Áreas Naturales Protegidas y otras de protección de la flora y fauna silvestre.
- Ejercer la facultad de exigir a las personas naturales y jurídicas la exhibición de los documentos referidos a las actividades que realicen al interior del Santuario.
- Liderar la elaboración del Plan Maestro en concertación con el Comité de Gestión y la población local.
- Velar por el cumplimiento de las normas de conducta establecidas por las visitas al Santuario, las cuales son aprobadas por Resolución Directoral de la Dirección General.
- Las demás que le asigne el Reglamento y la Dirección General.
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Ministerio del Ambiente |
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Peruano |
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Municipalidad de |
San Ignacio |
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